1º-Reclamación a la Dirección de Personal del Departamento Correspondiente
- Hasta 4 años después de producido el hecho a reclamar
2º-Recurso de Alzada
- En caso de contestación denegatoria:un mes a partir de la comunicación de la respuesta.
- En caso de silencio administrativo(no contestación en 3 meses),en cualquier momento después de ese plazo se puede realizar el recurso de alzada
3º-Contencioso Administrativo:
- En caso de contestación denegatoria:dos meses contados de fecha a fecha.
- En caso de silencio administrativo:6 meses
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